viernes, 6 de marzo de 2015

FISCALIA ANTICORRUPCION DE MOYOBAMBA DECLARA FUNDADA QUEJA DE DERECHO EN DENUNCIA INTERPUESTA CONTRA FERNANDO GRANDEZ VEINTEMILLA

La Fiscalía Provincial en Delitos de Corrupción de Funcionarios – Moyobamba declaro fundada la queja de derecho interpuesto por el Presidente del FRECIDES Huallaga Ciro Ramírez Bernal por la comisión de delito de administración fraudulenta, abuso de autoridad y colusión agravada en agravio del Estado Peruano, representado por la Municipalidad Provincial de Huallaga-Saposoa.
La queja de derecho presentado ´por el denunciante Ciro Ramírez Bernal y que habiendo cumplido con las formalidades previstas en el Art. 328 del Código Procesal Penal y atendiendo la denuncia interpuesta contra Fernando Grandez Veintemilla ( Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huallaga), Sixto Coronel Asenjo, Elva Armas Gonzales, Oscar Tantalean Cubas, Flor de María Tuesta Domínguez y Pedro Fernández Vargas (en su calidad de regidores de la MPH), José Antonio Vásquez Shupingahua, Doris Maritza Ruiz Guzmán y Rosa del Carmen Panduro Ríos (servidores de la MPH) .
Por lo que dicho Despacho Fiscal, una vez tomado conocimiento del presente hecho delictivo, necesariamente deberá disponer se realicen diligencias urgentes y necesarias que coadyuven al esclarecimiento de los hechos.
Y por los fundamentos expuestos en el uso de sus atribuciones, el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de San Martin-Moyobamba, con la autoridad que le confiere el Decreto Legislativo 052 DISPONE :
Primero : Promover las diligencias preliminares contra Fernando Grandez Veintemilla, sus regidores y servidores MPH  y contra Patricia Elizabeth Vargas Gonzales (empresaria favorecida) por la comisión de delitos señalados y por un plazo de ciento veinte días (120).
Segundo : La investigación preliminar se llevara a cabo en la Sede Policial del Departamento Desconcentrado contra  la Corrupción PNP San Martin-Moyobamba (DIRCOCOR), quien realizara las diligencias preliminares, concediéndose un plazo de cincuenta(50) días deben de coordinar con el Fiscal del caso y recabar los elementos de convicción(declaraciones).
Asimismo se reitere oficio a la Municipalidad Provincial de Huallaga para que dentro del plazo de 05 días hábiles de notificado, remita la documentación correspondiente.
Y recábese los antecedentes penales, judiciales, policiales de los investigados, como también las fichas RENIEC y oficiar a la SUNARP , de que si los investigados cuentan con bienes, muebles e inmuebles a su nombre.

Carlos Velásquez Sánchez

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