El trece de octubre del 2015 se iniciara el juicio
oral seguido contra dos Ronderos y el Comunicador social Cesar Estrada.
El juzgado Unipersonal y colegiado de la corte superior de
Cajamarca, a cargo de los magistrados Severino Vargas calderón, German Enrique
Meric y Carrión Rojas Lorena Ibet, verán si procede el pedido de 28 a 30 años
de pena privativa de la libertad, en contra de Víctor Huamán Lozano
(Presidente) de rondas campesinas del caserío Valle Laguna Azul, Segundo Wilson
Cueva Lozano (Rondero) y el Comunicador Social Indígena y Rondero Cesar Estrada
Chuquilin.
La pena fue
solicitada por el fiscal Abilio Escobar Quispe de la segunda Fiscalía
provincial penal corporativa de Celendín, por el presunto delito de secuestro y
hurto agravado a la empresaria Rosalía Huamán Marchena el 13 de noviembre del
2013.
Por su
parte Cesar Estrada, índico que el caso seguido en su contra no cumplió con el
debido proceso, además de estar lleno de vicios fabricados por parte del
ministerio público para lograr conseguir su encarcelamiento, esto en venganza
por denunciar el abuso de autoridad cometido el 13 de febrero del 2014, en
donde Escobar Quispe llego acompañado de personal policial, la empresaria de
minera yanacocha Rosalia Huamán Marchena y otros trabajadores, quienes me
agredieron físicamente hasta dejarme inconsciente, despojándome de mi cámara,
laptop, celular y mochila, esto para no dejar evidencia de los abusos cometidos
en complicidad con dicha autoridad menciona Estrada.
No fui la única
víctima de este abuso, ese día también fue agredida físicamente Teodocia mayta
Murga, fue detenido Luis Mayta Murga de manera arbitraria, desde esa fecha este
señor llevo el caso a su antojo actuando como juez y parte, cuando fui citado
por única vez, me amenazo por que declare en silencio, me dijo piensas que por
que no declaras te vas a salvar te voy a aplicar todo el peso de la ley, por
ello Ya nada tengo que perder, porque sé que si no me matan me encarcelaran,
ese es el precio de ser comunicador social y rondero indico Estrada.
DE CESAR ESTRADA
Cesar Estrada
Chuquilin, es beneficiario de una medida cautelar otorgado por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos CIDH, en su calidad de Comunicador Social
Indígena y Rondero. En marzo de este año Estrada junto al equipo legal del IIDS
viajo a Washington D.C. en atención del llamado de la CIDH, a fin de que haga
saber el cumplimiento de la MC.
Por parte del Estado
Peruano, en la mencionada reunión participo Juan Jiménez Sotomayor, embajador
de Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA); Ivan Bazán Chacón,
abogado de la Procuraduría Supranacional del Ministerio de Justicia; y Luz
Ibañez Carranza, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalía
Supraprovinciales.
En esta reunión la CIDH a través del
Comisionado Édison Lanza Robatto inquirió al Estado Peruano la adopción de
medidas específicas para César Estrada. Así como el cese a la
persecución judicial en su contra, compromiso que fue asumido por Luz Ibañez
Carranza Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalía
Supraprovinciales.
Dado este caso, con
el juicio oral que se iniciara en los próximos días, los compromisos ante este
organismo internacional se estarían incumpliendo, por su parte la
representación legal del IIDS ya prepararía una nueva queja en contra del
Estado Peruano ante este organismo.
DEL JUICIO ORAL
En el juicio oral y
de conformidad con el párrafo 1 del art. Citado tenemos que entre la primera
audiencia tiene que haber un mínimo de 3 días para el emplazamiento del
demandado y así cumplir con el debido proceso. De conformidad con el art. 206
ccpm se puede señalar hasta tres audiencias, pero es con el objeto de que si en
la primera audiencia no es posible recibir toda la prueba presentada por las
partes se señalara una nueva audiencia dentro de un termino que no exceda de 15
días y si en esta segunda audiencia no pudiera recibirse esas pruebas
extraordinariamente puede señalar una 3era audiencia dentro de un termino de 10
días, y finalizada esta audiencia dictara sentencia dentro de 5 días.
De esta manera se puede determinar que agotado
todo este procedimiento, a partir de la fecha tendrian que pasar 53 dias, es decir el 13 de
noviembre los
Ronderos y el Comunicador Social Cesar Estrada, tendrian ya una sentencia
definida.
No hay comentarios:
Publicar un comentario