lunes, 19 de diciembre de 2011

FUE PRESENTADA POR FRECIDES

DENUNCIA POR MALVERSACION DE FONDOS CONTRA ALCALDE DE SAPOSOA FUE DECLARADO IMPROCEDENTE POR FISCALIA ANTICORRUPCION

Con Resolución/Disposición Nº 02-2011, de fecha 15 de noviembre del presente año, la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Anticorrupción(NCPP) de Moyobamba-San Martín, desestimó la denuncia presentada por el Presidente del Frente de Defensa de Saposoa Sr. Ciro Ramírez Bernal, quién denunció al Alcalde Provincial de Huallaga Ing.Fernando Grández Veintemilla por la presunta comisión del delito de Malversación de Fondos en agravio de la Municipalidad Provincial de Huallaga.
Es así como la Fiscalía Anticorrupción de San Martín ha resuelto esta denuncia y ambas partes han sido notificadas con la presente Resolución/Disposición, precautelando siempre sus derechos, ya que los actuados han estado enmarcados dentro de la normativa de respeto, de acuerdo a las investigaciones realizadas por la Fiscalía Provincial Penal Especializada Anticorrupción.
Dicha denuncia se fundamentaba en la presunción de que el Alcalde Provincial Grández Veintemilla supuestamente había recibido partidas presupuestales por parte del Gobierno Central desde el año 2001 hasta el 2010, para la ejecución de obras en distintos lugares de la Provincia de Huallaga y que en algunos Distritos no habían sido ejecutados las obras destinadas, desconociéndose en que fueron utilizados dichos fondos del Estado.
En la Resolución, la Fiscalía Anticorrupción da a conocer que esta denuncia debe contar con razones objetivas que válidamente la sustenten y demuestren, pues de lo contrario está en solo una creencia o meras especulaciones, ya que se debe contar con elementos objetivos y válidamente obtenidos susceptibles de confirmación y quién denuncie debe dar a conocer y aportar a la investigación todo lo que está a su alcance para sustentar su denuncia y coadyuvar a la investigación sujeta a las normas de este proceso, es decir dentro del respeto de los derechos del imputado.
Por lo que en todos los actuados no existe imputación alguna del conocimiento de hechos que presumiblemente implique la comisión de delitos contra la Administración Pública y sin mayores sustentos que revele lo ocurrido, condena la misma al archivo por no encontrar comisión de delito de Malversación de Fondos, ya que no se está contraviniendo ningún ordenamiento jurídico que como consecuencia permitan realizar una comunicación de hallazgos.
Y la Fiscalía Anticorrupción considera que el hecho denunciado por dicho Frente de Defensa no constituye delito, declarando que no procede formalizar y continuar con la investigación preparatoria, declarando así la improcedencia y ordena el archivo de lo actuado.

Carlos Velásquez Sánchez

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